Información a usuarios sobre la protección de datos de carácter personal

📌 Por favor, lee detenidamente la información proporcionada a continuación, una vez finalices su lectura, cumplimenta el formulario inferior. 

De conformidad con lo establecido en el Nuevo Reglamento general de protección de Datos (UE) 2016/679 y con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD), el responsable informa a los trabajadores de sus deberes y obligaciones:

  1. Los usuarios del tratamiento de datos de carácter personal cumplirán los requisitos técnicos y organizativos exigidos por la empresa.
  2. Toda la información contenida en los sistemas de tratamiento es confidencial y por lo tanto todos los usuarios se obligan a cumplir con el deber de secreto.
  3. Los usuarios sólo podrán acceder a los sistemas de tratamiento a los que han sido autorizados.
  4. El acceso a los sistemas de tratamiento se realizará mediante una contraseña que será personal e intransferible. Cada usuario deberá proteger su contraseña de modo que no pueda ser utilizada por otra persona no autorizada. Además, los usuarios deberán proteger los ordenadores de modo que nadie pueda acceder a ellos cuando abandonen su puesto de trabajo.
  5. Los soportes informáticos que contengan algún dato de carácter personal deben ser identificados y se deberá informar al Responsable Interno de Protección de Datos del que se dependa de la existencia de ese soporte para que pueda almacenarlo e inventariarlo. La entrada y salida de RAMON NAVARRETE SORIA S.L de cualquier soporte que contenga datos de carácter personal deberá estar autorizado por el Responsable Interno de Protección de Datos o, por el responsable del Tratamiento mediante un impreso de registro.
  6. Los usuarios del tratamiento deberán informar de cualquier incidencia que se produzca al Responsable Interno de Protección de Datos en un plazo no superior a una hora desde que se produzcan. Y en segundo lugar, y sin perjuicio de lo anterior, al Responsable del Tratamiento
  7. Los datos de carácter personal contenidos en el fichero no podrán ser cedidos a un tercero sin el consentimiento por escrito del responsable del tratamiento.
  8. Deberá informarse al Responsable Interno de Protección de Datos siempre que un afectado desee ejercer alguno de sus derechos. El Responsable Interno de Protección de Datos tramitará dicha solicitud y a su vez, lo comunicará al responsable del Tratamiento, y a las Autoridades de control pertinentes.

El incumplimiento de cualquiera de dichas obligaciones podrá ser objeto de la suspensión de empleo y sueldo e incluso de despido disciplinario.

CODIGO DE CONDUCTA INTERNO EMPLEADOS DE RAMON NAVARRETE SORIA S.A

1. Queda prohibido comunicar a otra persona el identificador de usuario y la clave de acceso. Si el usuario sospecha que otra persona conoce sus datos de identificación y acceso debe ponerlo en conocimiento del Responsable Interno de Protección de Datos con el fin de que le asigne una nueva clave. Ante una baja o ausencia temporal del usuario, el responsable del Departamento puede solicitar al Responsable Interno de Protección de Datos la creación de nuevos identificadores y claves de acceso a la persona por él designada.

2. El usuario está obligado a utilizar la red corporativa de RAMON NAVARRETE SORIA S.A y sus datos sin incurrir en actividades que puedan ser consideradas ilícitas o ilegales, que infrinjan los derechos de la entidad o de terceros, o que puedan atentar contra lo moral o las normas de etiqueta de las redes telemáticas.

3. Están expresamente prohibidas las siguientes actividades:

  • Compartir o facilitar los identificadores de usuario y las claves de acceso facilitados por RAMON NAVARRETE SORIA S.A con otra persona física o jurídica, incluido el personal de la propia RAMON NAVARRETE SORIA S.A. En caso de incumplimiento de esta prohibición, el usuario es el único responsable de los actos realizados por la persona física o jurídica  que  utilice  de  forma   no  autorizada  el identificador del usuario.
  • Intentar descifrar las claves, sistemas o algoritmos de cifrado y cualquier otro elemento de seguridad que intervenga en los procesos telemáticos de RAMON NAVARRETE SORIA S.A
  • Destruir, alterar, inutilizar o de cualquier otra forma dañar los datos, programas o documentos electrónicos de la Entidad o de terceros. (Estos actos pueden constituir un delito de daños, previsto en el artículo 264.2 del Código Penal).
  • Obstaculizar voluntariamente el acceso de otros usuarios a la red mediante el consumo masivo de los recursos informáticos y telemáticos de RAMON NAVARRETE SORIA S.A, así como realizar acciones que dañen, interrumpan o generen errores en dichos sistemas.
  • Enviar mensajes de correo electrónico de forma masiva o con fines comerciales o publicitarios sin el consentimiento del destinatario.
  • Intentar leer, borrar, copiar o modificar los mensajes de correo electrónico o archivos de otros usuarios. (Esta actividad puede constituir un delito de interceptación de las telecomunicaciones, previsto en el artículo 197 del Código Penal).
  • Utilizar el sistema paro intentar acceder a áreas restringidas de los sistemas informáticos de RAMON NAVARRETE SORIA S.A o de terceros.
  • Intentar aumentar el nivel de privilegios de un usuario en el sistema.
  • Introducir voluntariamente programas, virus, macros, applets, controles ActiveX o cualquier otro dispositivo lógico o secuencia de caracteres que causen o sean susceptibles de causar cualquier tipo de alteración en los sistemas informáticos de la entidad o de terceros. El usuario tiene la obligación de utilizar los programas anti-virus y sus actualizaciones para prevenir la entrada en el sistema de cualquier elemento destinado a destruir o corromper los datos informáticos.
  • Introducir, descargar de Internet, reproducir, utilizar o distribuir programas informáticos no autorizados expresamente por RAMON NAVARRETE SORIA S.A o cualquier otro tipo de obra o material cuyos derechos de propiedad intelectual o industrial pertenezcan a terceros, cuando no se disponga de autorización para ello.
  • Instalar copias ilegales de cualquier programa, incluidos los estandarizados.
  • Borrar cualquiera de los programas instalados legalmente.
  • Utilizar los recursos telemáticos de RAMON NAVARRETE SORIA S.A, incluida la red Internet, para actividades que no se hallen directamente relacionadas con el puesto de trabajo del usuario.


Introducir contenidos obscenos, inmorales u ofensivos y, en general, carentes de utilidad para los objetivos de RAMON NAVARRETE SORIA S.A, en la red corporativa del mismo.

4. Queda prohibido enviar información confidencial de RAMON NAVARRETE SORIA S.A al exterior, mediante soportes materiales, o a través de cualquier medio de comunicación, incluyendo la simple visualización o acceso.

5. Ningún empleado debe poseer, para usos no propios de su responsabilidad, ningún material o información propiedad de RAMON NAVARRETE SORIA S.A tanto ahora como en el futuro.

6. Los usuarios de los sistemas de información corporativos deben guardar, por tiempo indefinido, la máxima reserva y no divulgar ni utilizar directamente ni a través de terceras personas o entidades, los datos, documentos, metodologías, claves, análisis, programas y demás información a la que tengan acceso durante su relación laboral con el RAMON NAVARRETE SORIA S.A y entidades relacionadas, tanto en soporte material como electrónico. Esta obligación continuará vigente tras la extinción del contrato laboral.

7. En el caso de que, por motivos directamente relacionados con el puesto de trabajo, el empleado entre en posesión de información confidencial bajo cualquier tipo de soporte, debe entenderse que dicha posesión es estrictamente temporal, con obligación de secreto y sin que ello le irrogue derecho alguno de posesión, titularidad, copia o cobro de la referida información. Asimismo, el trabajador debe devolver dichos  materiales  a RAMON NAVARRETE SORIA S.A, inmediatamente después de la finalización de las tareas que han originado el uso temporal de los mismos, y en cualquier caso, a la finalización de la relación laboral. La utilización continuada de la información en cualquier formato o soporte de forma distinta a la pactada y sin conocimiento de la entidad, no supone, en ningún caso, una modificación de este epígrafe.

8. El/la trabajador se obliga a guardar absoluto secreto y confidencialidad respecto de cualquier  información a la  que pudiera tener acceso como consecuencia del desempeño de su cargo, de sus funciones o de su relación con clientes , en especial de aquella que contenga datos de carácter personal, según establece el Estatuto General de los Trabadores que establece los deberes de los empleados “Cumplir con la obligaciones concretas de su puesto de trabajo de conformidad con la buena fe y diligencia…”, obligación que subsistirá incluso después de finalizar sus relaciones con RAMON NAVARRETE SORIA S.A

9. El sistema informático, la red corporativa y los terminales utilizados por cada usuario son propiedad de RAMON NAVARRETE SORIA S.A

10. Ningún mensaje de correo electrónico es considerado como privado. Se considera correo electrónico el dirigido o proveniente de otras redes públicas o privadas, y, especialmente, Internet. Todos estos mensajes van abiertos.

11. RAMON NAVARRETE SORIA S.A se reserva el derecho de revisar, sin previo aviso, los mensajes de correo electrónico de los usuarios de la red corporativa, con el fin de comprobar el cumplimiento de estas normas y prevenir actividades que puedan afectar al RAMON NAVARRETE SORIA S.A como responsable civil subsidiario, en base al Art. 87 de la ley orgánica 3/2018 de protección de datos y garantía de los derechos digitales.

12. Cualquier fichero introducido en la red corporativa o en el terminal del usuario a través de mensajes de correo electrónico que provenga de redes externas debe cumplir los requisitos establecidos en estas normas y, en especial, las referidas a propiedad intelectual e industrial y a control de virus.

13. Queda prohibido enviar correos electrónicos a diferentes destinatarios sin la opción de CCO (copia oculta) y siempre indicando la dirección destino la propia.

14. No responder correos que estén en la bandeja de spam.

 15. Analizar antes de abrir un archivo adjunto, si lo recibes de un remitente desconocido o si sospechas de la autenticidad del remitente, y en caso de que no confíes, no lo descargas o no lo abras.

16. No facilitar claves de acceso a ningún sistema que se soliciten a través del correo electrónico.

17. El uso del sistema informático de RAMON NAVARRETE SORIA S.L para acceder a redes públicas como Internet, se limita a los temas directamente relacionados con la actividad de RAMON NAVARRETE SORIA S.A los cometidos del puesto de trabajo del usuario.

18. El acceso o debates en tiempo real (Chat / IRC) es especialmente peligroso, ya que facilita la instalación de utilidades que permiten accesos no autorizados al sistema, por lo que su uso queda estrictamente prohibido.

19. El acceso a páginas Web (WWW), grupos de noticias (Newsgroups) y otras fuentes de información como FTP, etc. se limita o aquéllos que contengan información relacionado con la actividad de la entidad o con los cometidos del puesto de trabajo del usuario.

20. Cualquier fichero introducido en la red corporativa o en el terminal del usuario desde Internet, debe cumplir los requisitos establecidos en estas normas y, en especial, las referidas a propiedad intelectual e industrial y a control de virus.

21. RAMON NAVARRETE SORIA S.A se   reserva   el   derecho   de   monitorizar   y comprobar, de forma aleatoria y sin previo aviso, cualquier sesión de acceso a Internet iniciada por un usuario de la red corporativa.

22. Es obligación de todo el personal de RAMON NAVARRETE SORIA S.A comunicar al Responsable Interno de Protección de Datos cualquier incidencia que se produzca en los sistemas de información a que tengan acceso. (Se   entiende   por   incidencia o violación de seguridad   cualquier anomalía que afecte   o   pueda afectar a la seguridad de los datos).

23. Dicha comunicación debe realizarse inmediatamente, y, en cualquier caso, en un plazo de tiempo no superior a una hora desde el momento en que se conozca dicha incidencia.

24. Crear sistemas de tratamiento de datos personales sin la autorización del Responsable Interno de Protección de Datos.

25. Cruzar información relativa a datos de diferentes sistemas de tratamiento o servicios con el fin de establecer perfiles de personalidad, hábitos de consumo o cualquier otro tipo de preferencias, sin la autorización expresa del Responsable Interno de Protección de Datos.

26. Cualquier otra actividad expresamente prohibida en este documento o en las normas sobre protección de datos e Instrucciones de   la Agencia de Protección de Datos y en RGPD (UE-2016/679)

27. Queda terminantemente prohibido el uso del teléfono móvil particular durante la jornada   laboral, por razones de seguridad de los trabajadores y por repercutir en la productividad de los mismos en el desempeño de sus funciones laborales.

28. No se permite la reproducción de música, el uso de aplicaciones de mensajería u otras, tampoco podrá utilizarse la cámara para realizar fotos dentro de las dependencias de RAMON NAVARRETE SORIA S.A y/o entorno laboral.

29. Queda prohibido el uso de cualquier aparato electrónico durante las reuniones efectuadas en la empresa. Esto incluye el teléfono móvil, ordenadores personales, tabletas u otros dispositivos similares, sin autorización del Responsable Interno del que se dependa.

30. Queda prohibido el uso de medios de difusión (Whatssap, email no corporativo, sms), para el envío de documentos o información de carácter personal (partes de baja, hojas de asistencia, etc.), sin las medidas de seguridad adecuadas.

31. Los teléfonos móviles de empresa y asignados a los trabajadores son propiedad de RAMON NAVARRETE SORIA S.A, ningún Sms o WhatsApp, es considerado privado, cualquier uso de estos medios de comunicación podrá ser revisado por parte de la Empresa.

32. Se limita el uso del teléfono móvil únicamente al ámbito laboral, quedando prohibido cualquier uso privado de forma indiscriminada, así como el uso del mismo para llamadas personales, envío de sms o WhastsApp a grupos creados con fines lucrativos, realizar fotos o descargas de aplicaciones móviles no autorizadas y que puedan mermar la capacidad y el rendimiento del terminal.

33. Se prohíbe la conexión a cualquier red Wifi tanto privada como pública, debido a la poca fiabilidad de las mismas y que pueden ocasionar fugas de información y entrada de virus en el propio terminal, viéndose comprometida la información propia de la empresa.

34. Queda prohibido el acceso a internet con fines lucrativos, conexiones a páginas poco fiables, que pudieran poner en riesgo la información del propio terminal y de la empresa. Únicamente se podrá realizar algún tipo de conexión con fines profesionales y para el desempeño de las funciones de cada usuario en su puesto de trabajo, (como por ejemplo el uso de GPS, etc.)

35. Queda terminantemente prohibido el borrado de los contactos profesionales que durante la duración del contrato se hayan podido crear para el desempeño de la función laboral y que forman parte de la base de datos y los sistemas de tratamiento de RAMON NAVARRETE SORIA S.A

36. Queda terminantemente prohibido crear listas de difusión tanto por WhatsApp como por email, desde donde se puedan compartir imágenes o actividades realizadas, siendo esta acción en caso de que se produjera motivo suficientemente grave para el despido inmediato por parte de la Empresa, quedando la misma impune frente a cualquier responsabilidad, recayendo la misma en aquella persona que cometa dicha infracción.

De conformidad con lo establecido en los sistemas de tratamiento en materia Protección de Datos de RAMON NAVARRETE SORIA S.A declara, haber leído y comprendido el contenido del presente documento con atención especial a:

  • Los perjuicios que para RAMON NAVARRETE SORIA S.A puede tener el incumplimiento de las normas.
  • Las acciones de responsabilidad, incluso de carácter disciplinario, a que pueden dar lugar el incumplimiento de tales medidas de seguridad.
  • Aceptar el contenido de las medidas de seguridad.

En vista a todo ello, se compromete, durante su relación laboral con RAMON NAVARRETE SORIA S.A a:

  • Conocer y cumplir lo establecido con las medidas de Seguridad implantadas por RAMON NAVARRETE SORIA S.A así como en los documentos de régimen interior en la medida que le sean aplicables, por la naturaleza de las actividades, funciones y responsabilidades que se le encomienden.
  • Mantener absoluta confidencialidad y discreción sobre la información obtenida en el ejercicio de su trabajo acerca de las actividades de RAMON NAVARRETE SORIA S.A, de su personal, clientes, usuarios, organismos relacionados, etc. especialmente en lo que se refiere a Datos de Carácter Personal, incluso tras la extinción de su relación laboral con RAMON NAVARRETE SORIA S.A
  • Observar y cumplir los criterios establecidos en lo que se refiere a “Código de Conducta del personal de RAMON NAVARRETE S.A”.
  • Como usuario autorizado para acceder a sistemas de tratamiento que contienen datos personales, cuyo responsable es RAMON NAVARRETE SORIA S.A manifiesto que tengo pleno conocimiento de los sistemas de tratamiento y de las obligaciones que me conciernen en mi condición de EMPLEADO

 

Conforme al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de Abril de 2016 con lo establecido en la  Ley Orgánica 3/2018 de 5 de Diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) relativo a la protección de las personas físicas en lo que respeta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos, le Informamos que sus datos personales que obran en poder del RAMON NAVARRETE SORIA S.A con domicilio en  la C/ HUELVA 17, 46113 – MONCADA – VALENCIA  informa a él/la trabajador/a que:

Los datos personales recabados a través del contrato de trabajo y su documentación anexa así como los generados a raíz del mismo son un requisito legal y contractual , pues sería imposible su contratación si estos no fueran suministrados, incluidos datos de salud necesarios para el cálculo de retenciones, la gestión bajas o vigilancia de la salud y la prevención de riesgos laborales, todos ellos serán incorporados a los sistemas de tratamiento del cual es Responsable RAMON NAVARRETE SORIA S.A, cuya finalidad es la gestión de nóminas, personal y recursos humanos, se le reconoce la posibilidad de ejercitar gratuitamente los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición o portabilidad de los mismos, para ello deberá hacerlo enviando una comunicación escrita  a la dirección postal anteriormente citada o al correo electrónico de nuestro Responsable de RRHH.

Igualmente, RAMON NAVARRETE SORIA S.A le informa que está obligada por ley a ceder parte de sus datos a la Tesorería General de la Seguridad Social, al Servicio Público de Empleo Estatal, al Ministerio de Trabajo, al Ministerio de Hacienda, a la mutua encargada de la vigilancia de la salud, a RAMON NAVARRETE SORIA S.A de prevención de riesgos laborales, a las entidades o profesionales colaboradores en materia laboral y fiscal  y a las entidades u organismos oficiales dependientes de la Administración pública, que los utilizarán en ejercicio legítimo de sus competencias. También podrán ser cedidos al Defensor del Pueblo, el Ministerio Fiscal o los Jueces o Tribunales o el Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas.

De acuerdo con lo dispuesto en el  Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, te informamos que esta empresa tiene diferentes proceso, medios y procedimientos de control para cumplir con la normativa del control horario de inicio y fin de cada jornada de trabajo, cuya finalidad es el cumplimiento de la citada normativa y la regulación del registro de jornada, así como facilitar el control por parte de la Inspección de trabajo y la Seguridad Social. Los datos serán conservados durante la duración del contrato laboral que nos une y se conservarán durante el periodo obligatorio por Ley una vez haya finalizado dicha relación contractual.

RAMON NAVARRETE SORIA S.A le informa que dispone de cámaras de Video vigilancia en las instalaciones como medidas de seguridad y control laboral, que encuentra plenamente sometida a la Normativa sobre Protección de datos y en particular a lo dispuesto en la instrucción 1/2006 de la Agencia Española de Protección de Datos. 

El tratamiento se limitará a las finalidades previstas por el Estatuto de los Trabajadores, y/o en todo caso a finalidades legítimas reconocidas por la normativa vigente, debiendo cumplir en este último caso adicionalmente las previsiones específicas que sean de aplicación

Así mismo solicitamos tu autorización y consentimiento expreso para poder publicar las imágenes y/o vídeos en los cuales se aparezca de forma individual o en grupo en las diferentes actividades realizadas por LA EMPRESA tanto en las REDES SOCIALES como en la WEB de RAMÓN NAVARRETE SORIA S.A.. Las imágenes serán tratadas con esas finalidades pudiendo ejercer tus derechos así como revocar el consentimiento prestado ante el Responsable de Protección Datos por correo electrónico en la dirección rnsinox@rnsinox.com

O        Autorizo la realización y tratamiento de imágenes                    O   NO Autorizo la realización y tratamiento de imágenes

(En el formulario inferior podrás seleccionar una de estas dos opciones)

Le informamos que en base al Art. 88 ¨derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral¨ solicitamos su consentimiento para poder recibir llamadas telefónicas, WhatsApp, sms o emails en horas no laborables o periodos vacacionales, siempre por motivos de carácter urgente, intentando respetar al máximo la intimidad personal y familiar en lo medida que a RAMON NAVARRETE SORIA S.A le sea posible.

O Autorizo la comunicación en horas no laborables o periodos vacacionales         O NO Autorizo la comunicación en horas no laborables o periodos vacacionales   

(En el formulario inferior podrás seleccionar una de estas dos opciones)

Le informamos en base al Art. 87 ¨Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales en el ámbito laboral ¨ que la empresa podrá acceder a los contenidos derivados del uso de los medios digitales facilitados a los trabajadores a efectos de controlar el cumplimiento de las obligaciones laborales o estatutarias y de garantizar la integridad de dichos dispositivos, siempre en base a unos criterios predefinidos.   

Le informamos que en base al Art. 90 ¨Derecho a la intimidad ante la utilización de sistemas de geolocalización en el ámbito laboral¨, RAMON NAVARRETE SORIA S.A podrá tratar en caso de tenerlo activado, los datos obtenidos a través de sistemas de geolocalización (vehículos de empresa, móvil u otro dispositivo portátil) para el ejercicio de las funciones de control de los trabajadores siempre que estas funciones se ejerzan dentro de su marco legal y con los limites inherentes al mismo.

En cualquier caso, es preciso informarte que para el supuesto de negarse a facilitar los datos que te requerimos, esta Empresa no podrá tramitar su documentación sus datos personales serán utilizados para los fines anteriormente descritos durante la duración del contrato laboral que nos une y se conservarán durante el periodo obligatorio por Ley una vez haya finalizado dicha relación contractual.

Puedes consultar más información sobre el tratamiento de datos a través nuestra página web www.rnsinox/politicaprivacidad /

Así mismo le informamos que tendrá derecho a presentar cualquier reclamación ante la Autoridad de control. www.agpd.es

O  El/la trabajador/a abajo firmante autoriza el tratamiento de sus datos en los términos descritos.

(En el formulario inferior podrás marcar y seleccionar está autorización)

El/la trabajador/abajo firmante se obliga a guardar absoluto secreto y confidencialidad respecto de cualquier información a la que pudiera tener acceso como consecuencia del desempeño de su cargo, de sus funciones o de su relación con clientes , proveedores, usuarios, organismos relacionados, empresas del grupo en especial de aquella que contenga datos de carácter personal, según establece el Estatuto General de los Trabadores que establece los deberes de los empleados “Cumplir con la obligaciones concretas de su puesto de trabajo de conformidad con la buena fe y diligencia…”, obligación que subsistirá incluso después de finalizar sus relaciones con RAMON NAVARRETE SORIA S.A conforme al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del consejo de 27 de Abril de y con lo establecido en la  Ley Orgánica 3/2018 de 5 de Diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD)

El incumplimiento del deber de confidencialidad se regirá por lo establecido en el Estatuto General de los Trabajadores en lo relativo a la buena fe contractual y por lo establecido en RGPD (UE 2016/679) y con lo establecido en la  Ley Orgánica 3/2018 de 5 de Diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) dicho incumplimiento podría dar motivo a la suspensión de empleo y sueldo e incluso el despido disciplinario.

Consecuencias del incumplimiento de las obligaciones impuestas en el código de conducta.

a. El incumplimiento de cualquiera de estas normas (incluyendo las contenidas en el Código Penal) constituirá causa de despido disciplinario previsto en el art. 54.2.d) del actual Estatuto de los Trabajadores, para todos aquellos usuarios que se encuentren unidos a esta organización mediante un contrato de trabajo sometido a las disposiciones del orden social.

b. Para aquellos usuarios que se encuentren unidos a la Organización mediante un contrato de naturaleza civil o mercantil, el incumplimiento de cualquiera de estas normas significará la extinción unilateral del mismo al ser considerada una causa de incumplimiento.

c. Todos los componentes de la Organización son conscientes de la trascendencia de los incumplimientos que se han señalado, al conocer, y ser informados debidamente, de todas las normas.

d. El incumplimiento de alguna obligación que pueda constituir, además, un delito de revelación de secretos previsto en el artículo 197 y siguientes del Código Penal, dará derecho a RAMON NAVARRETE SORIA S.A a exigir al usuario una indemnización económica.

e. El incumplimiento del deber de confidencialidad se regirá por lo establecido en el Estatuto General de los Trabajadores en lo relativo a la buena fe contractual esta obligación puede constituir un delito de revelación de secretos, dicho incumplimiento podría dar motivo a la suspensión de empleo y sueldo e incluso el despido disciplinario.

Confirmación de lectura de información obligatoria

Este formulario certifica que has leído la información relativa a la ‘Información a usuarios sobre la protección de datos de carácter personal’,  para el correcto cumplimiento normativo.


A continuación, podrás autorizar o no, los tratamientos detallados en el apartado desplegable 'INFORMACION Y CONSENTIMIENTO AL TRATAMIENTO DE DATOS DE LOS EMPLEADOS DE RAMON NAVARRETE SORIA S.A', así como autorizar el tratamietno de tus datos personales en los términos descritos a lo largo de esta página informativa:

Realización y tratamiento de imágenes

Comunicación en horas no laborales y periodos vacacionales

Autorización del tratamiento de tus datos en los términos descritos en esta página informativa